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Comercio: en septiembre cobran el tercer tramo del acuerdo trimestral con básicos que superan los $1,3 millones y una nueva cuota extra de $25.000

La paritaria firmada por FAECYS, CAC, CAME y UDECA aplica un 1,9% mensual no acumulativo sobre las escalas de junio y mantiene la suma fija no remunerativa de $120.000, que se incorporará al básico entre diciembre y mayo del año próximo

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Tobías RinaldiEconomía y mercados · 27 DE AGO DE 2026 · 2 min de lectura

Los empleados bajo el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 percibirán en septiembre de 2026 los haberes devengados en agosto, que contemplan el tercer tramo del incremento trimestral acordado en la paritaria mercantil. Según el detalle difundido por las cámaras empresarias y el sindicato del sector, la suba es del 1,9% mensual, de carácter no acumulativo, y se aplica sobre los básicos vigentes en junio de 2026 durante los meses de julio, agosto y septiembre.

En valores absolutos, las escalas brutas correspondientes a agosto quedan fijadas en $1.305.461 para el personal de maestranza, en $1.317.965 para los administrativos y en $1.322.132 para los trabajadores comprendidos en las categorías de cajeros, auxiliares y vendedores, que configuran el segmento mejor pago del convenio. Sobre esos montos se suma, junto con los salarios del mes, la segunda cuota de una asignación extraordinaria por única vez de $25.000, de carácter no remunerativo, que perciben en forma proporcional quienes se desempeñan con jornada parcial o reducida.

Los adicionales que se aplican sobre el básico

  • Cajeros categoría A y C: $144.198,68 como suplemento propio de la función.
  • Cajeros categoría B: $567.825,83, con un plus adicional por faltante de caja de $1.635,18 mensuales.
  • Armadores de vidriera: $46.042,28 como reconocimiento específico de la tarea.
  • Choferes y ayudantes: adicionales por kilómetro recorrido de $118,55 y $96,52 respectivamente en los primeros 100 kilómetros, con valores superiores en tramos de mayor distancia.
  • Antigüedad: 1% por cada año de servicio en la empresa, calculado sobre el total de conceptos remunerativos y no remunerativos.
  • Presentismo: asignación adicional sobre los conceptos liquidados en el mes, conforme a la mecánica prevista por el CCT 130/75.

La hoja de ruta del blanqueo y la cláusula de revisión

El acuerdo también mantiene una suma fija no remunerativa de $120.000 que se liquida como concepto separado y que, según lo pactado, se incorporará de manera gradual al básico mediante seis cuotas mensuales de $20.000 entre diciembre de 2026 y mayo de 2027. Traducido: el proceso de blanqueo se completará en el primer semestre del año próximo, cuando esa asignación pase a integrar formalmente los haberes de bolsillo de los trabajadores mercantiles.

Las partes firmantes, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), pactaron una cláusula de revisión para octubre de 2026, instancia en la que se evaluará la evolución de los principales índices económicos y se definirá si corresponde aplicar ajustes sobre el último tramo del año. Hasta tanto, las escalas descriptas rigen como referencia obligatoria para la liquidación de los haberes del mes en curso.

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Tobías RinaldiEconomía y mercados

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