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Martes, 27 de octubre de 2026
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Gas: quiénes conservan la rebaja por Zona Fría y cómo se aplica el beneficio adicional

La Secretaría de Energía reglamentó el régimen que contempla una bonificación automática del 50% en determinadas regiones y un descuento adicional del 20% para usuarios excluidos del esquema general que cumplan requisitos específicos.

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Tobías RinaldiEconomía y mercados · · 2 min de lectura
Gas: quiénes conservan la rebaja por Zona Fría y cómo se aplica el beneficio adicional

La Secretaría de Energía estableció, mediante la Resolución 299/2026, las condiciones de aplicación del Régimen de Zona Fría para el gas natural y el gas propano indiluido por redes. El esquema comprende una bonificación automática del 50% en las regiones incluidas y una reducción adicional del 20% para determinados usuarios de menores ingresos que quedaron fuera de esa cobertura.

La bonificación del 50% alcanza a los usuarios residenciales y a los del Servicio General P ubicados en las zonas incorporadas al régimen. Las distribuidoras y subdistribuidoras deben incorporarla directamente en las facturas, sin que sea necesario presentar una solicitud, de acuerdo con las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, denominado ENReGE.

La resolución rige desde su publicación y alcanza a los consumos registrados a partir del 13 de octubre, fecha de entrada en vigor de la Ley 27.828. El marco normativo también incluye el Decreto 1266/2026, que reglamentó esa ley, y el Decreto 943/2025, que creó el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados.

Menor cobertura y una alternativa para usuarios excluidos

El mapa vigente redujo el alcance territorial respecto del esquema anterior. Cerca de 1,6 millones de hogares que habían sido incorporados en la ampliación de 2021 dejaron de recibir la bonificación automática por su ubicación, entre ellos usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.

Para esos hogares, la resolución prevé una Bonificación Adicional por Zona Fría del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los Consumos Base. Se trata de un beneficio complementario al subsidio que ya perciben quienes integran el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados, no de un reemplazo.

Qué condiciones deben cumplirse

  • Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
  • Pertenecer a alguna de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
  • No estar comprendido en el esquema general de bonificación del 50%.
  • Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos en la ley.

Las condiciones deben cumplirse de manera simultánea. traducido: haber quedado fuera del mapa general no alcanza por sí solo para acceder al descuento adicional. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante el cruce de los datos geográficos con el registro de subsidios y pondrá el padrón resultante a disposición del ENReGE, que notificará a las distribuidoras.

Por Tobías Rinaldi, Economía y mercados.

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Tobías RinaldiEconomía y mercados

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