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Jubilados con DNI terminado en 4: ANSES confirma tres fechas de pago en septiembre y un ajuste del 2,11%

El organismo previsional distribuye las acreditaciones según el tipo de prestación: las Pensiones No Contributivas el 10, los haberes mínimos el 14 y las jubilaciones superiores al mínimo el 24. El bono extraordinario de 70.000 pesos se mantiene sin cambios desde hace más de dos años.

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Tobías RinaldiEconomía y mercados · 15 DE SEPT DE 2026 · 3 min de lectura

El calendario previsional de septiembre, difundido por la Administración Nacional de la Seguridad Social, establece tres fechas diferenciadas de cobro para los beneficiarios cuyos documentos de identidad terminan en 4, de acuerdo con el tipo de prestación que perciben y con el nivel del haber correspondiente, en un esquema que la propia autoridad previsional describe como una herramienta de distribución ordenada de los fondos a lo largo del mes.

Las tres fechas del mes

  • Pensiones No Contributivas (PNC): jueves 10 de septiembre.
  • Jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo: lunes 14 de septiembre.
  • Jubilaciones y pensiones superiores al haber mínimo: jueves 24 de septiembre.

En el inicio del cronograma se ubicaron los titulares de Pensiones No Contributivas, cuya acreditación quedó fijada para el jueves 10, lo que los convierte en los primeros beneficiarios del grupo en percibir los haberes correspondientes al noveno mes del año. En segundo término aparecen los jubilados y pensionados con haberes iguales o inferiores al mínimo, cuya fecha de cobro quedó establecida para el lunes 14. El cierre del calendario, en tanto, corresponde a quienes perciben prestaciones superiores al haber mínimo, que deberán aguardar hasta el jueves 24 para ver acreditada la liquidación correspondiente en sus cuentas bancarias.

El ajuste mensual y su vínculo con la inflación de julio

La actualización de los haberes dispuesta para septiembre responde al índice de precios al consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), que arrojó una variación del 2,11% para el mes de julio, de modo tal que el incremento aplicado en el noveno mes del año se encuentra en línea con la dinámica inflacionaria del segundo mes del tercer trimestre. El mecanismo de actualización automática vigente toma la inflación mensual con dos decimales y la traslada de manera directa al monto del haber, lo que procura preservar el poder adquisitivo de las prestaciones frente a las variaciones del nivel general de precios.

“El haber mínimo se ubicará, tras el ajuste del 2,11%, en un nivel nominal que representa la variación de precios de julio medida por el INDEC, en un esquema en el que la movilidad mensual se convirtió en la regla general del sistema previsional argentino a partir de las modificaciones normativas implementadas en los últimos años. Traducido: el número que cobrará el beneficiario en septiembre es, en términos nominales, un 2,11% superior al de agosto, aunque esa variación nominal no equivale necesariamente a una mejora del poder de compra, ya que el dato debe compararse contra la inflación que se registre en los meses subsiguientes.”Tobías Rinaldi, Economía y mercados

El bono extraordinario: sin cambios desde hace más de dos años

Al haber mensual se adiciona, como en los meses anteriores, un bono extraordinario de 70.000 pesos, una cifra que se mantiene sin variaciones desde hace más de dos años y que se acredita de manera conjunta con la liquidación habitual del mes. El pago de ese bono alcanza la totalidad de su monto para los beneficiarios del haber mínimo, las Pensiones No Contributivas y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), en tanto que para los titulares con haberes superiores se aplica de manera proporcional, con un tope máximo de 498.633,20 pesos, que oficia de límite superior para la compensación complementaria.

Los beneficiarios que necesiten confirmar la fecha exacta de acreditación o el detalle de los montos liquidados pueden consultar esa información en el sitio oficial de la ANSES, mediante el ingreso con CUIL y clave de la Seguridad Social, un canal que el organismo mantiene habilitado de manera permanente para la verificación de las liquidaciones correspondientes al calendario vigente.

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Tobías RinaldiEconomía y mercados

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