Por mayoría y con un voto en disidencia, el Superior de Tierra del Fuego declaró la prescripción a favor de Abregú
El Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego sobreseyó a Ramón Ángel Abregú al considerar que la acción penal por el homicidio de su expareja estaba extinguida. El fallo se apoyó en un sobreseimiento previo por la evasión y contó con el rechazo del juez Löffler.

A casi un cuarto de siglo del crimen, el Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego resolvió declarar extinguida la acción penal y ordenar la inmediata libertad de Ramón Ángel Abregú, condenado a 20 años de prisión por el homicidio de su entonces pareja, Eva Azulina Falcón, quien estaba embarazada. La resolución se adoptó por mayoría y con el voto en disidencia del juez Ernesto Löffler, en una causa con trámite en el Juzgado de Instrucción y el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande.
El camino judicial hasta la prescripción
Los jueces María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez consideraron que no existieron actos procesales que interrumpieran el plazo de prescripción de la pena desde la condena de septiembre de 2000. La mayoría sostuvo que el sobreseimiento dictado en la causa por la evasión eliminó la causal de interrupción que podía derivarse de la comisión de un nuevo delito mientras el condenado permanecía prófugo.
El hecho ocurrió el 23 de enero de 2000 en un consultorio de la clínica Cemep de Río Grande, donde Falcón fue atacada. Abregú fue detenido en forma inmediata y condenado seis meses después. El 15 de febrero de 2021 escapó de la unidad penitenciaria donde cumplía la pena y recién se presentó ante la Justicia en 2023, después de 22 años en calidad de prófugo, ya con la causa vencida en términos de prescripción según el criterio de la mayoría.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, integrado por Eduardo López y Juan José Varela, había rechazado el planteo de prescripción a pedido del fiscal mayor Martín Bramatti, bajo el argumento de que la evasión constituía un nuevo delito que se extendía en el tiempo mientras el condenado no fuera recapturado. Esa postura fue revertida por el Superior.
Fundamentos y precedente de la Corte Suprema
La decisión se apoyó además en el precedente Ilarraz de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, citado por la mayoría como referencia para fijar la relación entre los plazos de prescripción y las garantías constitucionales. Muchnik adhirió al voto de Battaini, en tanto Diéguez acompañó la misma línea argumental.
“Sostuvo que admitir la prescripción resultaba incompatible con las obligaciones de protección y sanción de la violencia contra las mujeres previstas en convenciones internacionales.”Ernesto Löffler, voto en disidencia
Próxima instancia en el expediente
Con la resolución firme del Tribunal Superior, el expediente quedó a disposición del Juzgado de Ejecución de Río Grande para cumplimentar la inmediata libertad de Abregú. La próxima audiencia de control fue fijada para el 18 de noviembre, a fin de ratificar la medida y notificar a las partes.
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