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Subte sin cargo para jubilados porteños: la Legislatura aprobó el acceso por DNI y la reglamentación deberá estar lista en 60 días

La nueva ley extiende la gratuidad a todo el horario de servicio, elimina la credencial previa y alcanza a quienes perciban hasta 2,5 haberes mínimos con domicilio acreditado en la Ciudad de Buenos Aires. El Gobierno porteño deberá definir la operatoria dentro del plazo máximo de sesenta días.

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Tobías RinaldiEconomía y mercados · 28 DE AGO DE 2026 · 3 min de lectura

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó una norma que habilita el viaje gratuito en la red de subterráneos para jubilados y pensionados que perciban hasta dos haberes mínimos y medio y acrediten domicilio en territorio porteño. La medida fue comunicada de manera oficial y representa un cambio de fondo respecto de los esquemas vigentes hasta ahora, dado que elimina la exigencia de gestionar una credencial o pase especial y reemplaza ese paso por la lectura del Documento Nacional de Identidad en el molinete habilitado.

Quiénes quedan alcanzados por el beneficio

El universo de beneficiarios quedó delimitado por dos condiciones objetivas: por un lado, el nivel de ingresos previsionales, con un tope fijado en dos coma cinco haberes mínimos; por el otro, la residencia acreditada en la Ciudad de Buenos Aires. La redacción aprobada alcanza también a los retirados de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de seguridad que cumplan con idénticos requisitos de domicilio e ingresos. La habilitación, una vez otorgada, tendrá una vigencia de cinco años y podrá ser renovada, siempre que el beneficiario continúe reuniendo las condiciones previstas en la norma.

Desde la óptica del Gobierno porteño, la instrumentación procurará reducir la carga administrativa sobre el beneficiario. Las sedes comunales fueron señaladas como el canal de atención para tramitar el alta, con un set de requisitos que las autoridades anticiparon como acotado: Documento Nacional de Identidad, comprobante de domicilio en la Ciudad y constancia que acredite el nivel de ingresos previsionales. Con esa información, la administración procederá al registro en el sistema y a la activación del acceso.

Sin franjas horarias y con puesta en marcha sujeta a reglamentación

  • La gratuidad rige los siete días de la semana durante todo el horario de servicio, sin franjas restringidas como en esquemas anteriores.
  • El acceso se efectiviza apoyando el DNI en el molinete, sin necesidad de credencial ni tarjeta adicional.
  • La ley ya fue sancionada: la Reglamentación deberá completarse dentro de un plazo máximo de sesenta días.
  • Ese proceso definirá los puntos de validación, la operatoria técnica en cada estación y la fecha exacta de puesta en vigencia.
  • Los jubilados que perciban haberes por encima del tope o que no acrediten domicilio porteño quedarán fuera del beneficio.

Traducido: el sistema reemplaza la lógica del plástico por la del registro administrativo, y la llave de paso deja de ser un trámite recurrente para convertirse en una validación periódica cada cinco años. La diferencia operativa más palpable, según los propios términos del texto sancionado, es que el beneficio pierde cualquier restricción horaria: el beneficiario podrá ingresar a la red a la hora que el servicio lo permita, sin distinciones entre días hábiles y fines de semana.

La ley ya fue promulgada, por lo que el paso siguiente es de naturaleza reglamentaria. El Gobierno porteño cuenta con un plazo máximo de sesenta días para completar ese proceso, que precisará los puntos de validación en las estaciones, la dinámica técnica de lectura del DNI en los molinetes y la fecha exacta desde la cual los jubilados porteños podrán hacer uso efectivo de la gratuidad. Hasta tanto se cumpla esa etapa, el beneficio no se encuentra operativo, aunque el derecho ya se encuentre formalmente reconocido en el ordenamiento local.

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Tobías RinaldiEconomía y mercados

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